Blog

De todos es conocido que en un testamento se recoge nuestra última voluntad, es decir, se dispone como han de quedar repartidos nuestros bienes y a que herederos les corresponde. Pero, ¿qué se entiende por un testamento digital o electrónico? .Esta denominación es muy nueva y en la actualidad se encuentra recogida en la nueva ley de protección de datos que esta pendiente de aprobar por el Congreso.

Se puede definir el testamento digital, como aquel documento que recoge todos los servicios de correos, páginas web, redes sociales, sistemas de crédito, etc… , es decir, todo aquello donde se tiene cuenta abierta en internet. Por lo tanto, se trataría de un documento con todas nuestras posesiones digitales, las claves para acceder a ellas y se debe dejar una persona autorizada de confianza para que pueda acceder a dicho contenido cuando se fallezca. Dicho documento debe ser reflejo fiel de cuál es nuestra voluntad con todo nuestro contenido digital, debiendo recogerse cuál es nuestra voluntad: cancelarlos, conservarlos, remitirlos a otra persona, etc… .

Este nuevo concepto aparece debido a que internet forma una parte muy importante de nuestras vidas, puesto que muchos de nuestros recuerdos están en la red, es lo que se llama la huella digital. Se reconocen dos tipos de testamentos digitales: testamento digital de emergencia y testamento digital detallado. El primero de ellos, es aquel documento que permite acceder a las cuentas claves con la información digital más crítica, así nuestros herederos podrán gestionar la mayoría de nuestro legado digital más importante, no es necesario realizarse ante Notario aunque puede hacerse y en el se contemplarán las instrucciones para la entrega. En cuanto al segundo tipo de testamento, se contempla para aquellas cuentas que nadie sabe ni que existen.

Los pasos a seguir son:
-Recopilación de cuál es tu herencia digital.
-Redacción por escrito de cuál es tú voluntad de esa herencia digital.
-Acudir a un Notario para revisarlo y legalizarlo.
-Firmarlo ante Notario.

BUFETE DE MIGUEL Y SORIA,
Abogados.

Bufete de Miguel y Soria: Conózcanos. Despacho de expertos modificación medidas en Almería.

error: Content is protected !!