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Aunque no es una situación común, dado que los menores normalmente tienen personas que se hagan cargo de ellas, como sus padres, abuelos o tíos, puede ocurrir que estos estén sin personas que se hagan cargo de ellos, y es aquí donde es aconsejable para el testador nombrar un albacea, designación que debe realizar en el testamento, quién será el encargado de asegurar que todas las disposiciones testamentarias se lleven a cabo tal y como dicho testador desea. E igualmente será el encargado de velar por el patrimonio que se vaya a recibir, cuidando que éste no pierda valor y que los gastos sean los mínimos e imprescindibles, lo que conlleva unido una correcta administración del dinero, debiendo documentarlo adecuadamente. El objetivo final es que cuando los herederos hayan de recibir lo que les corresponda, ya sea dinero o patrimonio se entregue sin merma de valor.

Siempre hay que tener presente que el cargo de albacea es voluntario, es decir, que si el nombrado como albacea rechaza el encargo del testador, el proceso se judicializará y si no se llega al acuerdo con el nominado, será el juez quién nombre a un albacea dativo que no consta en el testamento, pero que tendrá las funciones anteriormente mencionadas.

Centrándonos en el supuesto a analizar, conviene saber cuáles son las ventajas de nombrar un albacea cuando hay menores:

  • Prevenimos que puedan existir situaciones que se enquisten y que dejará en situación de desamparo algún descendiente menor.
  • Se preserva la formación de nuestros hijos, no es que el albacea sea un educador, sino que será el encargado de dar la formación y los estudios que deseemos para ellos, por lo que es muy interesante en el testamento detallar con todo tipo de cláusulas la formación de los hijos, que siempre que sean ajustada a derecho serán válidas.
  • El plazo del albacea, si no se indica lo contrario, será de un año, lo que cambia cuando hay hijos menores de edad, pues tal y como decimos deben preservar el patrimonio y formar al menor según las indicaciones del testador, lo que ampliará el cargo hasta la mayoría de edad del heredero menor de edad.

Inventario de bienes, la principal función del albacea cualquiera que sea el tipo de herencia para el que este designado y con mayor relevancia cuando hay hijos menores. El inventario es esencial ya que así se sabrá cuál es el punto de partida, es decir, que bienes deben ser debidamente administrados por el albacea hasta la mayoría de edad.

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