Blog

El Tribunal Constitucional ha puesto fin al impuesto de plusvalía, tributo que venían cobrando los Ayuntamientos tanto por la venta de un inmueble como por herencia de estos bienes, siendo esta una de las mayores fuentes de recaudación de los Ayuntamientos.

La  sentencia  que  será  publicada  en  la  semana  entrante,  se basa en el artículo 31 de la Constitución, que regula el principio constitucional de capacidad económica y considera que el sistema objetivo establecido para calcular el importe de dicho impuesto, es inconstitucional, puesto que determina que siempre hay incremento del valor del bien cuando se realiza un acto de transmisión, independientemente que tal incremento exista en la realidad y de la cuantía real de dicho incremento, es decir , el método de cálculo de dicho impuesto ignora si en la venta o en la transmisión de la vivienda ha habido pérdidas o no, ni cuál ha sido la ganancia realmente obtenida.

Esta  sentencia  afectará  a  las  plusvalías  que  hayan  de  satisfacerse  una  vez que  se  notifique  dicha  sentencia  y  no  tendrá  carácter  retroactivo.  No obstante,  las  Administraciones  no  se  van  a  quedar  de  brazos  cruzados,  por lo  que  están  ultimando  un  borrador  legal  que  garantice  la  constitucionalidad del  tributo,  ofrecerá  seguridad  jurídica  a  los  contribuyentes  y  certidumbre  a los  ayuntamientos,  es  decir,  pretenden   elaborar   una  nueva norma que permita  restablecer  el  impuesto  tratando  de  ajustarse   a   las  nuevas directivas  dadas  por  el  Constitucional.

Por lo tanto,  esta  sentencia  dejará  sin  tributar  a  todas  aquellas  transmisiones  de  bienes  inmuebles  que  se  produzcan  a  partir  de  ahora, pues  al  haberse  declarado  inconstitucional  el  sistema  de  cálculo  previsto  en la  Ley Reguladora  de  las  Haciendas Locales, es imposible exigir este impuesto, sin realizar antes una modificación de dicha Ley, ajustada a los preceptos  constitucionales.

BUFETE  DE MIGUEL Y SORIA,
Abogados.

Bufete de Miguel y Soria: Conózcanos. Despacho de expertos modificación medidas en Almería.

error: Content is protected !!