En los procedimientos de familia se observa una evolución significativa en los conflictos relacionados con el régimen de visitas. Si anteriormente los problemas surgían principalmente por el incumplimiento de los progenitores, cada vez son más frecuentes los casos en los que los propios hijos, especialmente cuando alcanzan la adolescencia, rechazan mantener el contacto con uno de sus padres.

Esta situación puede responder a múltiples factores, como una mala relación con el progenitor no custodio, una ruptura familiar especialmente conflictiva, la falta de un vínculo afectivo consolidado o la influencia que pueda ejercer el entorno familiar. En estos supuestos, el juez se enfrenta al difícil equilibrio entre garantizar la eficacia de las resoluciones judiciales y respetar la capacidad del adolescente para expresar una voluntad propia que merece ser tenida en cuenta.

Desde el punto de vista jurídico, el hecho de que un menor manifieste su negativa no supone, por sí solo, dejar sin efecto una resolución judicial. Sin embargo, cuando se trata de adolescentes con un elevado grado de madurez, la aplicación práctica de las decisiones judiciales resulta mucho más compleja. En estos casos, el juez debe conciliar la obligación de hacer cumplir la sentencia con el respeto a la capacidad del menor para expresar una opinión fundada sobre una cuestión que le afecta directamente.

Esta nueva situación, pone de relieve la creciente importancia de la participación de los menores en los procesos de familia, impulsada por la normativa reciente, aunque advierte que escucharles no implica convertirles en quienes decidan el resultado del procedimiento. Lo verdaderamente relevante es averiguar qué motiva el rechazo del adolescente y valorar cada situación de manera individual. Dependiendo de las circunstancias, la respuesta judicial puede consistir en promover la intervención de profesionales especializados, adaptar el régimen de visitas o, en los supuestos en que exista una causa suficientemente justificada, acordar su suspensión.

Cuando la negativa del adolescente hace necesario revisar las medidas vigentes, conviene estudiar el caso con abogados de separaciones y divorcios en Almería para valorar si procede adaptar o suspender el régimen de visitas.

En definitiva, la protección del interés superior del menor exige no limitarse a conocer su voluntad, sino comprender las razones personales y familiares que explican su posición antes de adoptar cualquier decisión

BUFETE DE MIGUEL Y SORIA,
Abogados.

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